Homosexuales pueden buscar libremente terapia de reversión sexual

SAO PAULO, BRASIL.- Unos tres meses después de asegurar por orden judicial el derecho de los psicólogos a tratar a los homosexuales con terapias de «cambio de sexo», el juez de la Corte Federal 14 del Distrito Federal, Waldemar Claudio de Carvalho, emitió una decisión que inhibe la PPC (Consejo Federal de Psicología)  a los profesionales que así proceden.

Por lo tanto, los pacientes que no acepten la propia orientación sexual podrán buscar los consultorios sin que los psicólogos sean castigados, como ocurría hasta recientemente. El juez considera que ese tipo de acción representa «daño a la libertad profesional para creaciones científicas».

La sentencia fue publicada este viernes (15) y tiene 15 páginas. Ella es el resultado de una acción popular impetrada por un grupo de psicólogos cristianos. Así, se anula la resolución de 1999 por la que el consejo prohibía este tipo de tratamiento.

Una de las líderes del movimiento que entró con la acción es la psicóloga Rozangela Alves Justino, que sufrió censura profesional por ofrecer la terapia a sus pacientes gays. En su nueva decisión, Carvalho destacó que no cabe al juicio «decir siquiera si existe y mucho menos cuál es el tipo de terapia más adecuada para esos conflictos de orden psicológico y conductual». Al mismo tiempo, insiste que «no puede dejar desamparados a los psicólogos que se dispongan, en el libre ejercicio de su profesión, estudiar y aplicar sus técnicas y procedimientos psicoterapéuticos que entiendan más adecuados a aquellos que, espontáneamente, busquen apoyo psicológico en el enfrentamiento de sus más variados dilemas y profundos sufrimientos relacionados con la orientación sexual egodistónica».

La egodistonía mencionada por el juez es un trastorno psíquico catalogado en el CID-10 [Catálogo Internacional de Enfermedades], donde el individuo, consciente de su orientación sexual, busca cambiarla en razón de trastornos psicológicos y comportamentales asociados. El magistrado recordó en la sentencia que «la propia OMS [Organización Mundial de la Salud] reconoce la egodistonía como pasible de tratamiento, el cual deberá ser ofrecido por los psicoterapeutas.

Otro argumento de Carvalho que llama la atención es que el Consejo Federal de Psicología promueve «verdadera discriminación» al mantener una «actitud intransigente» al no admitir «cualquier otro tipo de atención a los homosexuales egodistónicos, incluso cuando éstos, voluntariamente, buscan auxilio» en el » recinto reservado «de consultorios psicológicos.

El juez apunta que el CFP alega ser «motivado por el combate a la homofobia», al proceder de esa manera, pero acaba haciendo «censura a los psicólogos que quieran promover eventual estudio o investigación científica relacionada a la orientación sexual egodistónica», hiriendo la libertad garantizada en la Constitución Federal.

[ Fuente: Noticias UOL ]

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